Unión Profesional de Valencia celebra la aprobación de la ley que lucha contra el intrusismo

Esta Ley supone una paso más en la lucha contra el intrusismo profesional, al tipificar por primera vez como una falta muy grave la omisión de la colegiación para aquellas profesiones reguladas y legitimar al mismo tiempo a la Generalitat Valenciana para sancionar a quienes teniendo la obligación de estar colegiados, omitan este deber.

 

La ley garantiza la calidad de los servicios prestados a todos los ciudadanos en la Comunidad Valenciana.

 

El pasado 22 de febrero, el pleno de Les Corts aprobaba por unanimidad la Proposición de Ley que modifica el artículo 21 de la Ley 6/1997, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana, con el objetivo de dar un paso más en la lucha contra el intrusismo. En este sentido, la aprobación de la Ley 4/2019 publicada en el DOGV el pasado 27 de febrero, supone un paso positivo para la actividad colegial y las garantías que desde los colegios se ofrece a la sociedad valenciana de la excelencia de sus profesionales colegiales.

Unión Profesional de Valencia, como asociación que representa a 40 colegios profesionales de la provincia de Valencia con más de 90.000 colegiados, ha impulsado esta Ley por poner en valor la labor de los colegios profesionales. Asimismo, Unión Profesional de Valencia valora la aprobación de la misma por unanimidad de todos los partidos políticos, hecho que expresa con claridad la voluntad política de velar por el interés común de todos los valencianos.

La reciente reforma añade un apartado a la disposición con el fin de sancionar económicamente aquellos supuestos en los que un profesional que tiene la obligación de estar colegiado para ejercer su profesión conforme a la ley estatal de colegios profesionales, incumpla este requisito. Asimismo, la modificación también afecta a aquellos profesionales que, estando colegiados, sean suspendidos en el ejercicio de su profesión por haber infringido alguna norma, y pese a ello continúen ejerciendo sus funciones. La Ley involucra no solo a los profesionales sino a las empresas y entes que los contraten. Las sanciones económicas previstas para cualquiera de los dos supuestos oscilan entre los 5.001 y los 150.000 euros.