21 enero día Europeo de la Mediación
En la mediación son las partes las que tratan, por sí mismas, de alcanzar un acuerdo que sirva de solución al conflicto con la asistencia de un tercero (mediador) que les presta ayuda profesional. Los principios rectores que guían e instrumentan la mediación son: la confidencialidad, la voluntariedad y la plena comunicación entre las partes, la imparcialidad del mediador interviniente y la neutralidad del mismo frente a la materia traída a cuestión. La mediación moderna se ha configurado como una nueva forma de acceso a la justicia y se han establecido en muchos países servicios de mediación dentro del propio sistema de Administración de Justicia.
La voluntariedad ha de entenderse como posibilidad de cualquiera de las partes a dejar mediación y no alcanzar necesariamente un acuerdo. En muchas legislaciones se ha impuesto la mediación como requisito de procedibilidad antes de acudir a los tribunales (intento de mediación) o como obligación por derivación judicial (una vez comenzado el pleito si el juez considera que puede resolverse por mediación). Estas posibilidades suelen denominarse como obligatoriedad o voluntariedad mitigadas. También hay países que mantienen la voluntariedad en sentido estricto como sistema al que deben acudir espontáneamente las partes. Se basa en la cultura de paz, la democracia la pacificación social, el diálogo individual y social, el respeto, y el consenso para la convivencia.
Concurrencia de Seguros, ¿Qué es? ¿Cuándo se aplica? ¿Cómo actuar?
La concurrencia de seguros se produce cuando existen dos o más seguros sobre el mismo riesgo; es muy frecuente en Comunidades de Propietarios puesto que el continente de las viviendas está incluido en el continente del edificio, estando también asegurado a través del seguro privativo de cada una de estas viviendas.
Es por esto, que, cuando se produce un siniestro que afecta a dicho continente los peritos aplican concurrencia. Un ejemplo sería un incendio en el edificio o las conocidas lluvias CON superación de umbrales (si no se superan estos umbrales normalmente es responsabilidad de la comunidad que entre el agua de lluvia por algún elemento que debe reparar y los daños se cubren por esa garantía, la de Responsabilidad Civil no por Fenómenos Meteorológicos, como se hace cuando se superan umbrales).
Cuando existe concurrencia la manera de proceder es la siguiente: en primer lugar, es el propietario de la vivienda privativa quien debe dar parte a su seguro, facilitándole los datos de la póliza de la comunidad; así, su aseguradora reparará y después reclamará al seguro de la comunidad la parte proporcional según los capitales que estén contratados en cada una de las pólizas, dicho de otra forma, se aplicará concurrencia.
¿Por qué es el propietario de la privativa quien debe dar parte primero y no la comunidad? Muy sencillo, porque es muy habitual que el contenido privativo también se vea afectado y este contenido NO se asegura en la póliza comunitaria, por lo que de todos modos tendrá que dar parte a su seguro, por eso el procedimiento para agilizar este tipo de siniestros es que el propietario de la vivienda privativa empiece por dar parte a su seguro privativo, interviniendo, en su caso, posteriormente el del edificio.
Esta situación de concurrencia suele ser desconocida para el Administrador de Fincas, sobre todo a la hora de su cálculo, no sabiendo éste si están indemnizando correctamente o no desde la compañía aseguradora.
Desde Segurofinca nos encargamos de asesorar y comprobar tanto la gestión como la indemnización, informando y acompañando al Administrador de Fincas, tanto en éste como en otros tipos de siniestros. Suscríbete a noticias como ésta en https://segurosmedicop.com/lopd-segurofinca-2/
Gracia Ávila, perito de Diversos – Segurofinca
Felicitación de Navidad de la Junta de Gobierno
Certificacion weRespect Valencia
El compromiso de un turismo sostenible, con una buena convivencia con la comunidad y un compromiso medioambiental es un tema de agenda en todo el mundo. En este marco, se ha creado en 2019 weRespect, una certificación para aquellas empresas gestoras o dueños de viviendas y/o apartamentos de uso turísticos que cumplen con una serie de requisitos para reducir la contaminación acústica en la vivienda, cuidar el medio ambiente y respetar la convivencia vecinal.
Valencia como ciudad de turismo en España no podía estar fuera de esta certificación y este año se han dado los pasos desde Viutur, ApturCV y sus asociados para poder realizar la primera entrega de las certificaciones a las empresas que cuidan día a día de la sostenibilidad de la industria turística en la ciudad de Valencia.
Toda la información aquí
Entre los asistentes en la mesa,
– Francesc Colomer – Secretario Autonómico de Turismo de la Generalitat Valenciana
– Miguel Angel Sotillos – Presidente de Fevitur y ApturCV
– Silvia Blasco – Presidente de Vitur
– Ignacio Suarez – CEO de Roomonitor
– Sebastián Cucala Crespo – Presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia y Castellón
Rehabilitación de las 4 fachadas del edificio del Colegio
La fachada de un edificio es su cara al mundo y en más de una ocasión nuestra mirada se dirige a ver muchos edificios de Valencia que siendo singulares nos llaman la atención.
La continua exposición de la fachada a factores externos como la polución, el paso del tiempo, los factores atmosféricos y la acción humana afectan de forma directa a las fachadas de los edificios haciendo que el deterioro de la superficie sea mayor.
Un buen lavado de cara es imprescindible para que vuelvan a lucir espléndidos como el primer día.
La sede del Colegio de Valencia ha realizado tras varios meses de intervención, una rehabilitación completa de sus cuatro fachadas y por tanto estrena una nueva imagen, más moderna y acorde a los estándares de calidad medioambientales.
IESA y Gesfincas firman convenio con el Colegio
IESA empresa líder de soluciones tecnológicas y Gesfincas con el mejor software de gestión en administración de fincas de España, firman un convenio de colaboración con el Colegio para ayudar a los colegiados en la digitalización de sus despachos mediante jornadas formativas en 2023. Entre sus productos y servicios, cuentan con la solución integral para la contabilización de movimientos bancarios y la gestión de la morosidad, el único servicio para un perfecto y permanente cumplimiento del nuevo RGPD y promueven la satisfacción de los clientes proporcionándoles asistencia 24 horas al día los 365 días. Trabajan como una extensión del despacho.
En la firma el presidente del Colegio Sebastián Cucala y el Director General de IESA, Enrique Sánchez.
Hablemos de Protección Jurídica en Comunidades de Propietarios
Esta garantía se solicita cuando la Comunidad de Propietarios ha sido víctima de daños materiales producidos por terceras personas conocidas y no existe cobertura directa en el resto de garantías contratadas.
Por ejemplo, si una vivienda privativa tiene una fuga de agua y daña elementos comunitarios, en caso de que el propietario de esa vivienda no se haga cargo de los daños, una vez que ese vecino repare la causa, el seguro de la comunidad de propietarios dará cobertura a dichos daños (siempre que tenga contratada la garantía de Daños por Agua) y luego se encargará internamente de reclamar al causante (recobro). Pero, en caso de que el propietario causante no repare, y los daños sean continuados, a través de la garantía de Protección Jurídica, la CP podrá reclamar también al vecino causante que repare la causa.
Otro ejemplo sería, por ejemplo, un instalador o rehabilitador que ha ejecutado defectuosamente un trabajo, por ejemplo, una fachada mal impermeabilizada; a través de la garantía de Protección Jurídica, se podrá reclamar al proveedor la reparación de la fachada o incluso la devolución del importe pagado por dicha impermeabilización.
Otro ejemplo más, podría ser un vecino que a causa de obras de reforma en su vivienda causa daños en la escalera, ascensor, zaguán, o en cualquier zona comunitaria. Bien, la garantía de Protección Jurídica actuaría también en estos casos.
Para ello, la compañía aseguradora pone a disposición de la CP un perito experto en la materia a reclamar y un despacho jurídico que incluye letrado y procurador.
En Segurofinca, a través de nuestro Proyecto Comparativo, velamos para que el límite de capital contratado para esta garantía sea el adecuado.
Además Segurofinca, con experiencia en este tipo de reclamaciones, aconseja y orienta al administrador para dar el enfoque adecuado a la solicitud de Protección Jurídica y de esta forma se asegura que el proceso se agilice en beneficio de la Comunidad de Propietarios.
Suscríbete a noticias como ésta en https://segurosmedicop.com/lopd-segurofinca-2/
Gracia Ávila, perito de Diversos – Segurofinca
III Congreso Nacional de Vivienda en Valencia
El objetivo de este III Congreso Nacional de Vivienda es definir cuáles son los retos de la sociedad para poder satisfacer el derecho constitucional del acceso a la vivienda y los obstáculos que existen en la actualidad para que las nuevas generaciones accedan a una vivienda digna. Además, se abordarán todas las cuestiones que surjan en los próximos meses a raíz de los “Fondos Europeos de Recuperación” y las nuevas leyes previstas que afectarán al sector de la vivienda.
El congreso contará con la participación de urbanistas, sociólogos, arquitectos, los más destacados miembros de los sectores vinculados al residencial y la administración pública, para reflexionar sobre las preferencias actuales de los consumidores y las nuevas formas de vivir.
El III Congreso Nacional de Vivienda pretende incidir en la importancia capital de la cooperación de los operadores privados con las administraciones públicas. Al mismo tiempo se debatirá sobre la carencia de suelo, las trabas burocráticas y las consecuencias por los retrasos en la concesión de licencias, la necesidad de la colaboración público-privada para el acceso a una vivienda asequible, a la falta de un parque de viviendas de alquiler o una revisión amplia de las líneas de actuación que han adoptado otros países para solventar estos obstáculos.
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